martes, 17 de agosto de 2010

Riesgos a la integridad de defensores de derechos humanos en Chiapas

Tonalá, Chiapas a 15 de Agosto del 2010




ACCIÓN URGENTE

Riesgos a la integridad de defensores por liberación de agresores

Este Centro de Derechos Humanos a través de la Fiscalía Especializada de Organismos de Derechos Humanos No Gubernamentales realizó una denuncia penal bajo el numero de Averiguación Previa 274/IC31-T2/2010 en contra de los C.C ROMEO Y MANUEL CUETO NORIEGA, quienes fueron los agresores de los hechos violentos del día 29 de Mayo del 2010, en contra de nuestros compañeros integrantes de este Centro, por los delitos de Daños Dolosos y Pandillerismo, por el cual se consigno dicha averiguación previa ante el Juzgado Tercero del Ramo penal de Primera Instancia con sede en el Amate de la Ciudad de Cintalapa, Chiapas.

Con fecha 28 veintiocho de junio de 2010 dos mil diez, se ordenó la radicación de la presente causa penal, registrándose bajo el número 125/2010, habiéndose dictado con fecha uno de julio del 2010, la respectiva orden de aprehensión, la cual fue ejecutada con fechas 30 y 31 de julio del año en curso, siendo recluidos los indiciados en el Centro de Reinserción Social de Sentenciados número 14, el amate. Por lo que después de rendir su declaración preparatoria los indiciados, el licenciado JORGE SEGISMUNDO ROTTER DIAZ, Juez Tercero Penal del Distrito Judicial de Tuxtla con residencia en Cintalapa, Chiapas, ante la licenciada MARICELA BEATRIZ HERNANDEZ CASTELLANOS, Primer Secretaria de Acuerdos, al fenecer el termino constitucional dictaron a los indiciados AUTO DE LIBERTAD, por lo delitos de pandillerismo y auto de sujeción a proceso por los delitos de Daños, fijándoles una caución provisional para obtener su libertad.

Al momento de ser detenidas las personas indiciadas solicitaron la intervención, a través de la Sociedad Cooperativa Roberto Avendaño, del Lic. Reynaldo Aguilar, Subsecretario de Gobierno Istmo-Costa, Profr. Mario Ramón Becerra, Delegado de Gobierno de la Región Istmo-Costa, C.P Francisco Hilario Vázquez, Presidente del Municipio de Tonalá, así como también del Lic. Rafael Martínez Ruiz Fiscal Regional de Distrito de la Zona Istmo-Costa, para que estos a su vez pudieran negociar la libertad de los detenidos, ya que el delito del cual estaban detenidos era grave, y con fecha 04 de Agosto del 2010, el Juez Penal en el auto Constitucional decreto la libertad inmediata de los acusados bajo el argumento de “ LIBERTAD POR FALTA DE ELEMENTOS PARA PROCESAR, a favor de MANUEL o MANUEL DE JESUS CUETO NORIEGA y ROMEO CUETO NORIEGA, por el delito de pandillerismo. Por lo que esto representa poca credibilidad en las instituciones que se encarga de la impartición de Justica en nuestro Estado, poniendo en libertad a gente que se ha dedicado a amenazar, hostigar, perseguir, intimidar, agredir a nuestros compañeros de este centro de derechos humanos.

Por lo que solicitamos:

a) La aplicación de la Justicia en contra de los C.C MANUEL Y ROMEO CUETO NORIEGA quienes atentaron en contra de nuestra integridad física y ocasionaron severos daños materiales a integrantes de nuestro centro de derechos Humanos.

b) Se realice la investigación de forma imparcial en relación a la intervención de los C.C Lic. Reynaldo Aguilar, Subsecretario de Gobierno Istmo-Costa, Profr. Mario Ramón Becerra, Delegado de Gobierno de la Región Istmo-Costa, C.P Francisco Hilario Vázquez, Presidente del Municipio de Tonalá y el Lic. Rafael Martínez Ruiz Fiscal Regional de Distrito de la Zona Istmo-Costa, para que los indiciados pudieran obtener su libertad inmediata quedado impune los delitos de daños y de pandillerismo.

c) En su momento se sanciono o castigue a los funcionarios públicos del Gobierno del Estado que intervinieron para que los C.C MANUEL Y ROMEO CUETO NORIEGA, pudieran obtener su libertad.

d) A través del Tribunal Superior de Justicia del Estado y del Consejo de la Judicatura del Estado se realice una investigación por las actuaciones de los CC. JORGE SEGISMUNDO ROTTER DIAZ, Juez Tercero Penal del Distrito Judicial de Tuxtla con residencia en Cintalapa, Chiapas, ante la licenciada MARICELA BEATRIZ HERNANDEZ CASTELLANOS, Primer Secretaria de Acuerdos.

ANTECEDENTES:

El día 29 de Mayo del 2010,el Consejo Autónomo Regional de la Zona Costa de Chiapas, organización adherente a la Otra Campaña, inaugura la Tortillería denominada autónoma e independiente, en la ciudad de Tonalá, Chiapas a razón de que integrantes de la Sociedad Cooperativa Roberto Avendaño que está integrada por industriales de la masa y la tortilla decidieron subir el precio del kilo de tortilla a $12.00, por lo que dicha agrupación se organizo y adquirió una máquina para el reparto y distribución de la tortilla en barrios y colonias a un precio justo, por lo que esto genero descontento entre los industriales de la masa y la tortilla, y fue que el mismo día de la inauguración los varias personas a bordo de sus vehículos patrullaban la tortillería autónoma, y posteriormente siendo aproximadamente las 11:00 AM las mimas personas que pertenecen a dicho gremio detuvieron a un repartidor de tortilla, robándole la tortilla, la hielera, el casco y golpeándolo, por lo que esta persona se comunicó al Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa Ac, para solicitarle el apoyo, y personal de dicho centro se presento para documentar dichas agresiones, y al momento de llegar al lugar de los hechos en donde tenían privado de su libertad a dicho repartidor personas de la sociedad cooperativa agredieron a integrantes de nuestro centro y chocaron un vehículo, por lo que se pidió el auxilio de la policía ministerial y municipal, y posteriormente aproximadamente a las seis de la tarde del mismo día personas que responden al nombre de Romeo y Manuel Cueto Noriega y otras tres personas más desconocidas a bordo de una camioneta tipo lobo o Ranger se presentaron a las oficinas de nuestro centro de derechos humanos en donde estaba estacionada una combi color verde propiedad del compañero Bersain Hdez. lo cual le rompieron el parabrisas y ocasionaron daños a dicho vehículo, intentando estos romper los cristales de las puertas de nuestra oficina, lo cual no consiguieron.

Envíe sus llamamientos a:

Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa

Presidente de la República

Residencia Oficial de los Pinos

Casa Miguel Alemán

Col. San Miguel Chapultepec,

C.P. 11850, México DF

Tel: (52.55) 2789.1100 Fax: (52.55 ) 5277.2376

Correo: felipe.calderon@presidencia.gob.mx



Lic. José Francisco Blake Mora

Secretario de Gobernación
Abraham González No.48, Col. Juárez,

Del. Cuauhtémoc,

C.P. 06600 México D.F.

Fax: (52.55) 50933414
Correo: gestion@segob.gob.mx, secretario@segob.gob.mx, contacto@segob.gob.mx



Lic. Juan José Sabines Guerrero

Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas

Palacio de Gobierno del Estado de Chiapas
Av. Central y Primera Oriente, Colonia Centro, C.P. 29009
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México

Fax: +52 961 61 88088 – + 52 961 6188056

Correo: secparticular@chiapas.gob.mx



Dr. Noé Castañón León

Secretario General de Gobierno del Estado de Chiapas

Palacio de Gobierno, 2o. piso, Colonia Centro, C.P. 29000

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México

Conmutador: + 52 (961) 61 2-90-47, 61 8-74-60
Correo: secretario@secgobierno.chiapas.gob.mx



Lic. Raciel López Salazar

Procuraduría General de Justicia de Chiapas

Libramiento Norte Y Rosa Del Oriente, No. 2010, Col. El Bosque

C.P. 29049 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

Conmutador: 01 (961) 6-17-23-00. Teléfono: + 52 (961) 61 6-53-74, 61 6-53-76, 61 6-57-24,

61 6-34-50

Correo: raciel.lopez@pgje.chiapas.gob.mx



Lic. Juan Gabriel Coutiño Gómez

Tribunal Superior de Justicia

Magistrado Presidente

Palacio de Justicia

Libramiento Norte Oriente No.2100

Fraccionamiento El Bosque

C.P. 20047

Tuxtla Gutierrez, Chiapas

Tel-Fax : (52+)(961) 6178700

(52+)(961) 6165350

Contacto: administrator@mail.scjn.gob.mx



Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos

Dr. Raúl Plascencia Villanueva.

Comisión Nacional de Derechos Humanos Fax +52 (55) 5681 7199, correo@cndh.org.mx



Jon Izaguirre

Unidad de Observación

Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones

Unidas para los Derechos Humanos

Alejandro Dumas No.165

Col. Polanco

Delegación Miguel Hidalgo

C.P.11560 México, D.F.

Tel. +52 (55) 50616372

Fax +52 (55) 50616358

jizaguirre@ohchr.org



Dr. José Antonio Guevara Bermúdez, Titular de la Unidad

Unidad para la promoción y defensa de los derechos humanos SEGOB,

Av. Paseo de la Reforma 99 Piso 19 Tabacalera, Cuauhtémoc, Distrito Federal, 06030, Tel: (55) 5551-28-00 Ext: 11863, Email: E-mail: jguevara@segob.gob.mx





Favor de enviar copias a:



Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa A. C.

Calle Primero de Mayo Num. 73, entre Granaditas y Churbusco,

Colonia Evolución, C.P 30500

Tel. y Fax 01 966 66 3 57 79

Correo electrónico: centrodignaochoa@hotmail.com


AUDIO: http://chiapas.indymedia.org/article_176100



.

Nueve años de hacer de los derechos humanos una herramienta de lucha.

“Y no dejes que la vida retroceda

que tus pies del camino se separen,

que el asco te opaque la memoria,

no te sorprendas y sufras de congoja,

pues esto también es nuestro mundo

que hay que construir de otra manera.

Venceremos (fragmento)

Antonio Cerezo Contreras

El Comité Cerezo México, en el marco de su 9º aniversario

PRESENTA

Informe de Presos. La cárcel una forma de criminación de la protesta social en México (2002 a 2008).

Comentan:

Emilio Álvarez Icaza, Especialista en Derechos Humanos

Miguel Concha Malo, Director del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria OP. AC.

Trinidad Ramírez, Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra

Miércoles 25 de agosto, 16:00 hrs.

Salón de Actos “Adolfo Sánchez Vázquez”, Facultad de Filosofía y Letras. UNAM

Convocan:

Comité Cerezo México

Acción Urgente para Defensores de Derechos Humanos AC

¡Libertad a todos los presos políticos y de conciencia!

Porque ser defensor de derechos humanos no es sinónimo de terrorista

“Por que ser defensor de los derechos humanos no es sinónimo de terrorista”

¡LIBERTAD PRESOS POLÍTICOS Y DE CONCIENCIA! www.comitecerezo.org / www.vientodelibertad.org / www.revistarevuelta.org

comitecerezo@nodo50.org Documentación: cerezo.vientodelibertad@gmail.com / Educación: comitecerezo.educacion@gmail.com / Internacional: comitecerezo.internacional@gmail.com

Oficina: (55) 56 55 94 65 / Celulares: (55) 10 47 20 31 / (55) 27 43 70 70


Ver en línea: http://www.comitecerezo.org/spip.php?article752



.

RINCON ZAPATA

Secuestro de migrantes centroamericanos en Saltillo, Coahuila, México‏

Estimados/as colegas,

Les hacemos llegar una acción urgente enviada por el Centro Diocesano de Derechos Humanos Fray Juan de Larios ubicado en Saltillo, Coahuila, sobre el secuestro de un grupo de migrantes centroamericanos en las vías de tren en Saltillo:

http://www.redtdt.org.mx/d_acciones/d_visual.php?id_accion=106


En caso de que no puedan abrir la liga por favor ingresen a: http://www.redtdt.org.mx


RED TODOS LOS DERECHOS PARA TODOS Y TODAS


.

Denuncian hostigamiento por parte de la CFE‏

AL GOBIERNO FEDERAL
AL GOBIERNO ESTATAL DE CHIAPAS
AL GOBIERNO MUNICIPAL DE PIJIJIAPAN, CHIAPAS
A LAS JUNTAS DE BUEN GOBIERNO
A LA OTRA CAMPAÑA NACIONAL E INTERNACIONAL
A LA COMISION SEXTA DEL EZLN
A LA CFE EN LA ZONA COSTA DE CHIAPAS
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL
A LOS CENTROS DE DERECHOS HUMANOS Y ONG´S
A LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
A LA COMISION ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
A LA RED ESTATAL DE RESISITENCIA CIVIL LA VOZ DE NUESTRO CORAZON



“ Hostigamiento por parte de la CFE a integrantes del Consejo Autónomo Regional de la Zona Costa de Chiapas- Adherentes a la Otra Campaña del EZLN”

Este Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa ha documentado y recabo información proporcionada por integrantes del Consejo Autónomo Regional de la Zona Costa de Chiapas, adherentes a la Otra Campaña del EZLN, en relación a lo siguiente:

1.- Personal de la Comisión Federal de Electricidad de la región costa, han entrado a las comunidades pertenecientes a dicha agrupación a tomar fotografías durante esta semana a los y las compañer@s que están en resistencia civil en contra de las Altas Tarifas de Energía Eléctrica, desconociendo el motivo por el cual han emprendido estos actos y desconociendo también la utilización de estas fotografías.

2.- Por otro lado la CFE mediante unos citatorios firmados por la Lic. Romina Escobar Nataren (Apoderada Legal de la CFE Zona Tapachula), han envidado a las personas que se encuentran en resistencia al pago de la energía eléctrica, estableciendo plazos para efectuar el pago del adeudo en las oficinas de la CFE ubicada en la ciudad de Pijijiapan, Chiapas, y amenazando que de no efectuar dicho pago, “ la presente área jurídica, iniciara inmediatamente las acciones legales que resulten procedentes” entregados en las comunidades de El Carmen, Joaquín Amaro, hasta el momento a las siguientes personas:
EJIDO EL CARMEN, DEL MUNICIPIO DE PIJIJIAPAN, CHIAPAS.

a) MORENO ULLOA PEDRO.

b) MORENO JIMENEZ HUMBERTO

c) SOLIS CHONGO DAVID.-


EJIDO JOAQUIN AMARO (TAMAULIPAS) DEL MUNICIPIO DE PIJIJIAPAN, CHIAPAS.



d) VAZQUEZ ALVARADO NELY

e) LAGUNA CABALLERO FLAVIANO

f) JOSE RAMOS JIMENEZ

g) MORGAN SOLIS BERSAIN

h) J. ALFREDO JIMENEZ

i) GREGORIA OVANDO LOPEZ

Por lo que este centro de derechos humanos solicita:

· Cese al Hostigamiento que ha emprendido la CFE en contra de los integrantes del Consejo Autónomo Regional de la Zona Costa de Chiapas, adherentes a la otra campaña del EZLN.

· Cese a las amenazas e intimidación por parte de la CFE a los integrantes de la resistencia civil en el municipio de Pijijiapan, Chiapas y responsabilizamos de todo acto de esta naturaleza al gobierno Estatal y Federal por permitir estas actuaciones desmedidas por parte de la paraestatal.

· Se tomen las medidas necesarias para frenar estos actos de hostigamiento y genere un posible enfrentamiento entre la CFE e integrantes del CARZCCH.


Tonalá, Chiapas a 16 de Agosto del 2010


http://www.chiapasdenuncia.blogspot.com/


.

Campaña Miles de rabias!

contrainsurgencia antizapatista


http://zapateando.wordpress.com/2010/08/16/contrainsurgencia-antizapatista/


CONTRAINSURGENCIA


La contrainsurgencia es la respuesta del Estado ante los movimientos sociales que buscan una transformación social. Es la política represora, que utilizando medidas legales e ilegales pretende eliminar o debilitar a los grupos insurgentes.
El Estado utiliza fuerzas militares y policiacas para la represión directa hacia los simpatizantes y bases de apoyo del movimiento. Actualmente intenta entrar en el imaginario de la comunidad buscando deslegitimar las causas.
La contrainsurgencia en México es, para el gobierno federal y estatal, el principal tópico de la agenda ante movimientos sociales, pero la resistencia es un claro ejemplo de la defensa del pueblo por su vida.


CONTRAINSURGENCIA ANTIZAPATISTA

La autonomía de las comunidades zapatistas es el desafío más importante al proyecto conservador del Estado Mexicano.

Para atacarlos militarmente, al gobierno le incomoda la legitimidad del proyecto zapatista reconocida mundialmente.

La estrategia contrainsurgente del ejército mexicano con la asesoría militar de los Estados Unidos intenta aislarlos del movimiento social y de la solidaridad internacional.

El aspecto más exitoso de esta estrategia contrainsurgente consistió en abrir espacios de gobierno y de poder a los partidos políticos de derecha y de izquierda convirtiéndolos en nuevos aliados contra el zapatismo. Esto explica la ruptura del EZLN con la corrupta clase política y el impulso de un movimiento civil y pacífico no subordinado llamado la otra campaña.

El estado mexicano criminaliza el apoyo internacional de defensores de derechos humanos. En México intentan presentarlos como intervencionismo ilegal, tratando así de obstaculizar el encuentro entre los zapatistas y otras luchas en el mundo.
La formación de grupos paramilitares integrados por indígenas es una tentativa del gobierno mexicano para ocultar su propia actuación, aparentando conflictos locales étnicos o religiosos.

Estos grupos paramilitares fueron formados por el gobierno y cuentan con respaldo militar, policiaco, gubernamental y mediático.

Las denuncias emitidas por las Juntas de Buen Gobierno dan cuenta del incremento de las agresiones, y la motivación clara de arrebatarles a los municipios zapatistas sus tierras y territorios, ricos en recursos naturales.

La violencia es extendida contra organizaciones, movimientos y colectivos que en la región han impulsado la defensa de los derechos humanos y la construcción de alternativas de vida desde los pueblos. Estas agresiones se manifiestan en denuncias penales contra activistas, acoso y espionaje, allanamientos de locales, detenciones, desapariciones forzadas, desalojos y desplazamientos,, asesinatos, difamaciones, entre otras.

Periódicos que en el pasado dieron espacio a la palabra del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, como la Jornada, publican ahora, como si fueran noticias, gacetillas del gobierno de Chiapas con la versión de los paramilitares acerca de los hechos. Periódicos de derecha publican mentiras buscando generar confusión e intentando presentar a los zapatistas como terroristas.

El gobierno y los medios esperan que algo de esas mentiras vaya quedando en la cabeza de los lectores.

Por eso la comunicación es una herramienta importante del movimiento social para enfrentar a esta contrainsurgencia.

Zapateando

Al son de los medios abajo y a la izquierda


http://zapateando.wordpress.com
http://zapateando2.wordpress.com

aabronxalapa@yahoo.com.mx
aabronxalapa@hotmail.com (messenger)
Aabron Xalapa (Skipe)

"Le echamos aire a la palabra para que vuele alto y lejos..."
Comunicación libre desde la Otra Campaña


http://zapateando.wordpress.com/2010/08/16/contrainsurgencia-antizapatista/



.

NOTAS REBELDES

LA VOZ DE LA RESISTENCIA

NOTICIAS PARA LOS PUEBLOS


ULTIMA HORA: LIBERAN A PRESOS POLITICOS EN CHIAPAS

Gracias a la Campaña Nacional e Internacional:

¡LIBRES LOS PROFESORES MISAEL PALMA LÓPEZ Y PEDRO GÓMEZ BÁMACA, DEL
BLOQUE DEMOCRÁTICO DE LA SECCIÓN 7 DEL SNTE-CNTE!

SOLO QUEDA PRESO EL PROFESOR ALBERTO MIRÓN VÁZQUEZ. ¡EXIGIMOS SU LIBERTAD, ASÍ COMO LA DEL CAMPESINO CARALAMPIO GÓMEZ HERNÁNDEZ

!A la vez, el gobierno de Juan Sabines Guerrero se ve obligado a reconocer al comité de administración de la Caja de Ahorro y Préstamos elegido en el tercer Congreso Estatal de la Caja de Ahorro y Préstamos que contó con una aplastante mayoría de delegados efectivos electos democráticamente desde las delegaciones sindicales y centros de trabajo. El acto fue respaldado por los maestros mediante una enorme movilización.

Fraternalmente

Profr. Humberto Martínez Brizuela


http://zapateando.wordpress.com/2010/08/16/ultima-hora-liberan-a-presos-politicos-en-chiapas-y-otras-de-notas-rebeldes/#more-24725


.

sábado, 14 de agosto de 2010

Boletín de prensa No. 13. Frayba. Gobierno incumple obligaciones internacionales


Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, A.C.


San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México
12 de agosto de 2010


Boletín de prensa No. 13


· El gobierno mexicano incumple las obligaciones internacionales en el caso de la Masacre de Acteal


A un año que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó una resolución en “materia penal de alta trascendencia” de impunidad


Hoy se cumple un año en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó una resolución inédita “en materia penal de alta trascendencia”. El 12 de agosto de 2009 cuatro ministros[1] de la SCJN determinaron que hubo faltas al debido proceso en el caso de 26 sentenciados como autores materiales de la Masacre de Acteal, por lo cual votaron la libertad inmediata a 20 de ellos.


Posteriormente el 4 de noviembre, la SCJN, determinó liberar a otros nueve. En ambas resoluciones, los testimonios de los sobrevivientes de la masacre y sus familiares fueron ignorados, después de 11 años de acudir a las diligencias ministeriales y judiciales. La SCJN argumentó que la autoridad investigadora había hecho mal su trabajo y en lugar de determinar la reposición de los procedimientos judiciales, otorgó el amparo liso y llano que liberó a 29 sentenciados, además ordenó a que otros 22 sentenciados se les repusiera el procedimiento. La SCJN, dice haber cumplido con una acción de justicia, aun sin entrar al fondo del asunto sobre la culpabilidad o la inocencia de los sentenciados, los ministros aseguran haber actuado en nombre de la justicia al liberar a los ejecutores materiales de la Masacre de Acteal.


A un año de la resolución, preguntamos a los ministros y funcionarios de justicia de nuestro país, ¿dónde están los responsables intelectuales y materiales de la Masacre de Acteal? crimen de lesa humanidad que todavía duele en la conciencia de la sociedad mexicana y en la humanidad ¿qué ha pasado con la investigación de los hechos durante estos 12 años? ¿Cómo reparar a las víctimas y sobrevivientes de este crimen todo el dolor y las heridas causadas? ¿Dónde quedaron las garantías de no repetición a los que tenemos derecho los mexicanos y mexicanas, principalmente los sobrevivientes y familiares de la Masacre de Acteal? Si no hay una investigación eficaz, ¿Cómo llegar a la justicia que implica identificar a los responsables, juzgarlos y sancionarlos?


Este Centro de Derechos Humanos ha señalado, que la interpretación del gobierno mexicano de lo sucedido en Acteal como conflicto intercomunitario, no explica cómo fue posible la circulación de armas de uso exclusivo del ejército en la región, ni porqué la policía de seguridad pública protegía a los priístas, ni porqué al momento de ocurrir la masacre ningún cuerpo de seguridad presente en la zona intervino para evitarla, a pesar de encontrarse a sólo 200 metros de donde estaban sucediendo los hechos, así como tampoco se hicieron acciones efectivas para evitar los robos, quemas de casas y desplazamientos forzados durante el Conflicto Armado Interno aún no resuelto.


Somos testigos de las consecuencias del sistema de administración y procuración de justicia, que en el caso de la Masacre de Acteal, resultó en una resolución inédita en materia penal de alta trascendencia, por generar impunidad al liberar a las personas ubicadas por los testigos y sobrevivientes como autores materiales de la acción paramilitar en contra de 45 indígenas tsotsiles asesinadas que se encontraban orando en el campamento de desplazados de Acteal.

La responsabilidad del Estado mexicano ante las obligaciones internacionales Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) la impunidad es la falta en su conjunto de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables a las violaciones de derechos protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), (pacto ratificado por México) por lo que los Estados tienen la obligación de combatir tal situación por todos los medios legales disponibles.[2]

En varias sentencias la Corte IDH ha recordado que los Estados partes de la CADH tienen la obligación internacional de juzgar y sancionar a los responsables de las violaciones. La Corte IDH ha considerado que "El Estado debe garantizar que los procesos internos tendientes a […] sancionar a los responsables de los hechos […] surtan sus debidos efectos y, en particular, de abstenerse de recurrir a figuras como la amnistía, la prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad."[3]

En este marco, la jurisprudencia internacional define a la impunidad, como una violación por incumplimiento de deberes que el Estado debe garantizar consistentes en:



· Investigar las graves violaciones a los derechos humanos;
· llevar ante la justicia y sancionar con penas apropiadas a la gravedad de los hechos a los responsables de estas violaciones;
· brindar un recurso efectivo a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos;
· otorgar justa y adecuada reparación a las víctimas y sus familiares;
· establecer la verdad de los hechos; e
· Implementar medidas de no repetición.


Estas obligaciones internacionales son de naturaleza complementaria y no son alternativas ni sustitutivas y no es posible que el Estado elija cuál de éstas habrá de cumplir.

Este Centro de Derechos Humanos considera que en el caso de la Masacre de Acteal, lo que ha imperado es la impunidad y que al transcurrir de los años ha generado otras violaciones graves a los derechos humanos en contra de las víctimas, sobrevivientes y familiares; que han estado esperando justicia. Valga recordar que han pasado más de 12 años y 7 meses. En hechos similares, la Corte IDH se ha pronunciado que “en caso de ejecuciones extrajudiciales es fundamental que los Estados investiguen la privación del derecho a la vida y castiguen a todos sus responsables […] ya que de no ser así se estarían creando, dentro de un ambiente de impunidad, las condiciones para que se repitan estos hechos.”[4] Además la corte manifiesta que la falta de investigación completa y efectiva, genera un profundo estado de miedo, angustia en potencia a los familiares[5]; así también ha concluido que dado el terror que las familias han vivido, sufren daños materiales e inmateriales que afectan su salud física y psicológica; sus relaciones sociales y de trabajo.[6]

Es evidente que la resolución de la SCJN genera impunidad y propicia la repetición crónica de las violaciones de derechos humanos, así como la total indefensión hacia las ví ctimas y familiares de la Masacre de Acteal y la sociedad en general. Es por tanto que sostenemos que el Estado mexicano ha incumplido sus obligaciones internacionales en el caso de la Masacre de Acteal.


__ . __


[1] Ministros: Juan Silva Meza, Olga María del Carmen Sánchez Cordero, José de Jesús Gudiño Pelayo y José Ramón Cossio Díaz. El otro ministro: Sergio A. Valls Hernández, presidente de la Primera Sala, propuso la atracción de los amparos y al final, en una simulación, votó en contra de conceder el amparo liso y llano.
[2] Caso Paniagua Morales y otros, Sentencia del 8 de marzo de 1998, párrafo 173.
[3] Sentencia de 29 de agosto de 2002, Caso del Caracazo c. Venezuela, párrafo 119. Ver igualmente: Caso Velásquez Rodríguez, Indemnización Compensatoria, Sentencia de 21 de julio de 1989, párrafos. 32 y 34; Caso Godínez Cruz, Indemnización Compensatoria (Art. 63.1 Convención Americana Sobre Derechos Humanos), Sentencia de 21 de julio de 1989 , párrafos 30 y 3; Caso Caballero Delgado y Santana, Sentencia del 8 de diciembre de 1995, párrafo 69 y Resolutivo 5; Caso El Amparo, Sentencia del 14 de septiembre de 1996, párrafo 61 y Resolutivo 4; Caso Castillo Páez, Sentencia de 3 de noviembre de 1997, párrafo 90; Caso Suárez Rosero, Sentencia de 12 de noviembre de 1997, , párrafo 107 y Resolutivo 6; y Caso Nicholas Blake, Sentencia de 24 de enero de 1998, , párrafo 97.
[4] Corte (IDH) caso Baldeón García vs Peru. Sentencia de 06 de abril de 2006, Serie C No. 147, párrafo 85, 91 y 120.
[5] Corte (IDH) caso de la masacre de Mapiripan vs. Colombia. Sentencia del 15 de septiembre de 2005. Serie C No. 134, párrafo 136
[6] Idem párrafo 287. c y 284.

acteal.blogspot.com

chiapasdenuncia.blogspot.com

komanilel.blogspot.com

kuxaelan.blogspot.com

http://chiapas.indymedia.org/display.php3?article_id=176090

http://chacatorex.blogspot.com/

http://escrutiniopublico.blogspot.com/

http://zapateando.wordpress.com/
.

jueves, 12 de agosto de 2010

komanilel

Cobertura EN VIVO Jornadas de acción por la justicia y la verdad

http://komanilel.blogspot.com/


http://chiapas.indymedia.org/display.php3?article_id=176079


.