Criminalización y persecución penal de comunicadores comunitarios, grave agravio a la libertad de expresión.
Poder Judicial insiste en emitir sentencias discriminatorias y desproporcionales.
México, D.F., a 1º de diciembre de 2011.- Aproximadamente a las 14 horas del día de hoy, 1º de diciembre, fue detenido Juan José Hernández, Director de la radio comunitaria Radio Diversidad, ubicada en el Estado de Veracruz en cumplimiento a una sentencia que lo acusa de usar, aprovechar y explotar un bien propiedad de la Nación sin permiso o concesión del Estado, según lo establecido en el artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales.
Esta es la segunda detención contra un integrante de Radio Diversidad, estación que fue cerrada el 11 de marzo de 2009 mediante un operativo de la Procuraduría General de la República (PGR) respondiendo a una orden de cateo librada por un juez penal federal. De acuerdo con el expediente, la denuncia inicial fue interpuesta por la Unidad Jurídica de la Secretaría de Gobernación (Segob) en enero de 2009.
La libertad de expresión es uno de los valores fundamentales de la democracia y es inherente al respeto de los demás derechos humanos[1], en este sentido la labor que desempeñan las radios comunitarias atendiendo a las voces menos favorecidas de la sociedad, llevando información acorde con sus necesidades, las convierte en una herramienta por excelencia para que las comunidades pueden ejercer ampliamente la libre expresión.
La radio comunitaria Diversidad surgió por la inquietud de los jóvenes del Municipio Paso el Macho, en el estado de Veracruz, para acercar información acorde a necesidades de las personas de la comunidad, difundir los derechos de las personas que trabajan en la zafra de la caña de azúcar, lograr vínculos de solidaridad y apoyo mutuo con otros grupos que realizan un trabajo social, como el grupo de mujeres de Las Patronas, y en especial mejorar las condiciones de vida de otros jóvenes y de los habitantes de su municipio y aledaños.
Es importante resaltar que los integrantes de la radio solicitaron, por múltiples canales, un permiso de transmisión para operar una estación de radio, sin que hubiera respuesta alguna por parte de las autoridades, ante lo cual y en vista de las necesidades de comunicación se atrevieron a transmitir de manera alegal.
Como señaló la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH en su último informe es necesaria una legislación acorde a la sentencia de la Suprema Corte y a los estándares internacionales, de manera tal que las emisoras comunitarias obtengan autorización para operar, así como que se establezca un marco jurídico claro sobre su funcionamiento. El Estado Mexicano falla al negar un mecanismo fiable de acceso a las frecuencias, sin embargo, enjuicia diligentemente a quienes transmiten sin licencia[2].
Este caso se suma al de otras radios comunitarias que han sufrido persecuciones penales similares. La persistencia por parte de las autoridades en utilizar figuras penales en contra de periodistas que abordan asuntos de interés público, de personas que trabajan en radios comunitarias y de activistas sociales en el marco de actos de protesta social se traduce en presiones directas o indirectas encaminadas a silenciar la labor informativa de los periodistas y son incompatibles con la libertad de expresión e interfiere con el flujo de información, necesario para la construcción de la democracia mexicana[3].
La Asociación Mundial de Radios Comunitarias México (AMARC-Mx) condena enérgicamente la detención de José Hernández, así como la criminalización y represión de la que son víctimas las y los comunicadores comunitarios a través del inicio de procesos penales injustos y desproporcionados por hacer uso de la voz.
Amarc-Mx le recuerda al Estado Mexicano que tanto las relatorías para la Libertad de Expresión de Naciones Unidad, la de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, así como la UNESCO, el Banco Mundial y el PEN Canadá, entre otros, han emitido diversos informes donde se llama al reconocimiento de las características especiales de la radiodifusión comunitaria en ley, la creación de un marco normativo claro, preestablecido, preciso y razonable que establezca procedimientos sencillos y accesibles para la obtención de frecuencias.
Amarc-Mx agradece de manera muy especial el acompañamiento realizado por la Casa de los Derechos de Periodistas.
[1] ONU Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión Frank La Rue, A/HRC/17/27/Add.3 Párr. 49
[2] GIBBONS Cara y SPRATT Beth Corrupción, Impunidad, Silencio: La Guerra contra los Periodistas mexicanos. PEN Canadá/IHRP, Canadá, 2011, pág 47
[3] supra 1, párr. 84
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