miércoles, 20 de octubre de 2010

Organizaciones denuncian violaciones a los derechos humanos cometidas en contra de integrantes de la Radio Proletaria de Chiapas


Difusión Cencos México D.F., 20 de octubre de 2010

Boletín de prensa
AMARC/Article 19/Amedi


* Anuncian que continuarán con la estrategia de defensa mediante la interposición del amparo Urgen al Estado mexicano a legislar para el reconocimiento de los medios comunitarios a fin de dar una solución estructural a la situación que viven dichos medios

El pasado 12 de octubre de 2010 "Radio Proletaria" fue desmantelada en un operativo arbitrario e ilegal por miembros de la Fiscalía Especial de Asuntos Relevantes dependiente de la Procuraduría General de Justicia del Estado y la Unidad Especial de la Policía Sectorial del Estado de Chiapas.

Según refieren los integrantes de la radio proximadamente a las 19:30, un grupo de 25 a 30 personas encapuchadas y con armas largas llegaron en cuatro camionetas Ranger a las instalaciones de la radio, ubicadas en el mismo edificio que la Organización Proletaria Emiliano Zapata (OPEZ), el grupo ingresó de forma arbitraria y con uso excesivo de la fuerza sin identificarse ni presentar diligencia alguna que fundara y motivara el ingreso a las instalaciones de la radio. Los funcionarios del estado se llevaron todo lo que había en la radio, incluyendo los equipos que utiliza para transmitir y una antena.

El menor Carlos Martínez, integrante de la radio, estuvo desaparecido alrededor de 12 horas y sin posibilidades de contactar a sus padres, a su abogado u otra persona de su confianza, fue gracias a las gestiones de organizaciones de derechos humanos que se logró determinar su paradero hasta un día después del operativo. Durante su detención le informaron que estaba acusado de robo y posteriormente se integró la Averiguación Previa FAR/088/2010-10 remitida a la Fiscalía Especializada en Delitos Cometidos por Adolescentes; sin embargo, todo el interrogatorio giró en torno a las actividades que realiza la radio y sus integrantes.

Según consta en la Averiguación Previa los cargos contra el menor son por el delito de “ Robo” señalándose como parte ofendida a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes; de esta forma la PGJE está fabricando un delito o en su defecto invadiendo la competencia de la federación en materia de regualación de las telecomunicaciones, lo anterior se agrava pues se trata de un menor de edad, al que, de acuerdo a la Convención sobre Derechos del Niño, signada por el Estado Mexicano, las acciones que tome el Estado serán siempre cuidando el interés superior del niño, protegiendolo de cualquier forma de abuso físico o psicolgico toda vez que los menores de edad son un grupo que merece protección y asistencia especiales sobre todo la debida protección legal. Por tanto, las organizaciones continuarán la estrategia de defensa mediante la interposición del amparo.

La Radio Proletaria inició hace cuatro años a fin de trabajar en favor de los derechos humanos de la comunidad. Es un proyecto operado y construido primordialmente por jóvenes habitantes de la colonia 12 de noviembre de la capital chiapaneca, quienes han encontrado en la radio un espacio para encontrarse, crear otros horizontes de vida y construir formas distintas de relacionarse con su comunidad a través del ejercicio del derecho a la libertad de expresión. La Radio Proletaria es una radio comunitaria integrante de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias de México (AMARC).

Ante estos hechos las organizaciones firmantes exigen al Estado mexicano el cumplimiento íntegro de sus compromisos en materia de Derechos Humanos y en especial los respectivos a Libertad de Expresión, suscriben el llamado que hace la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH, quién en su informe anual 2009 señala que "es fundamental que los Estados no hagan un uso desproporcionado del derecho sancionador en asuntos relacionados con el derecho a la libertad de expresión y, en este sentido, resulta urgente que los marcos jurídicos se adecuen a los estándares interamericanos en materia de igualdad y no discriminación".

Recordemos que la radiodifusión comunitaria es un espacio fundamental para la participación de los habitantes, su labor ayuda en la construcción de ciudadanía y da cabida a las voces marginadas y que con frecuencia no se ven reflejadas en los grandes medios, constituyéndose en un elemento vital de las comunidades, atentar contra la pluralidad de voces es atentar directamente contra la democracia misma del país.

Es por ello que urgimos al Estado Mexicano a implementar un marco jurídico que legisle a los medios comunitarios, dando certeza legal y claridad legal de la forma en que se asignarán las frecuencias del espectro radioélectrico, bien de la nación por excelencia y del cual el Estado es el administrador, así como crear una política que garantice la sostenibilidad de estos medios, pues la asignación de frecuencias no puede basarse en un mero afán lucrativo sino que tiene que atender criterios sociales. Dicho reconocimiento de los medios comunitarios debe darse sin restricción alguna de potencia, o posibilidades de financiamiento, a fin de garantizar su adecuado desarrollo.

Así lo establecieron las propias Relatorías para la Libertad de Expresión de la ONU y de la OEA en las observaciones preliminares de la reciente Visita Oficial Conjunta a México: "Los Estados deben contar con un marco legal claro, preestablecido, preciso y razonable que reconozca las características especiales de la radiodifusión comunitaria y que contenga procedimientos sencillos y accesibles para la obtención de frecuencias, que no exija requisitos tecnológicos severos, admita la posibilidad de utilizar publicidad como medio para financiarse, y no imponga límites discriminatorios en su financiamiento y alcance".

Señalamientos además contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 2 donde reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para "Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad." Y concretamente el inciso B, fracción VI mandata a la Federación, los estados y los municipios, a "...Establecer condiciones para que los pueblos y las comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación en los términos que las leyes de la materia determinen."

Vale recordar que otras instancias ya han reconocido las características específicas de los medios comunitarios. Es el caso del Instituto Federal Electoral (IFE) quien el pasado 28 de septiembre discutió, por segunda ocasión en la mesa del Consejo General, la necesidad de tomar en cuenta las condiciones en las que operan las radios comunitarias, ya que por sus características que se basan en cumplir un fin social, muchas veces se enfrentan a la imposibilidad material para dar cumplimiento con la transmisión de pauta que impone la ley electoral a partir de la reciente reforma en la materia.

Asimismo, es indispensable que a fin de que exista un pleno reconocimiento de los medios comunitarios, se incluyan en el proceso de migración digital recientemente anunciado por las autoridades.

Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos

http://www.cencos.org/es/node/25265

http://boomerang.amarcmexico.org/

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